Modificando la anterior Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se continua con las medidas encaminadas a potenciar la deshabituación del tabaco y a tratar de erradicar a medio y largo plazo el hábito de fumar.
[Actualización 12-01-2011]
Con un único artículo, lo más destacable además de lo ya comentado por multitud de medios de comunicación, podría ser:
– Espacios de uso público:
Lugares accesibles al público en general o de uso colectivo, con independencia de su titularidad. Se incluyen vehículos de transporte público o colectivo. En el ámbito de la hostelería o restauración, ESPACIO AL AIRE LIBRE será”aquel no cubierto o que estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos”.
El consumo de productos del tabaco deberá hacerse exclusivamente en aquellos lugares o espacios en los que no esté prohibido.
– Sitios donde no se podrá fumar:
* Zonas de ocio infantil y ejercerá también mayor control sobre la publicidad, aunque este aspecto creo se ha suavizado finalmente.
* Bares, restaurantes y Terrazas exceptuando los espacios al aire libre mencionados anteriormente.
* Hospitales y centros de salud. No se podrá fumar tampoco en sus proximidades, ni en la puerta.
* Colegios y parques. A pesar de que están al aire libre, se prohíbe fumar en la puerta y perímetro de colegios y parques infantiles.
* Hoteles. Podrán reservar un máximo de 30% de sus habitaciones para clientela fumadora.
* Clubes de fumadores. Deben ser lugares sin ánimo de lucro, con estatutos y sin personal. Solo podrán acceder los socios, que han de estar censados. No se podrá vender ningún producto.
* Aeropuertos y estaciones. Desaparecen los puntos para fumadores en estaciones y aeropuertos. No se podrá fumar en taxis, trenes, ni siquiera en los autobuses turísticos en los que el piso superior está al aire libre.
* Plazas de toros y estadios deportivos. Se podrá fumar pero solo si están al descubierto.
* Universidades. Solo se permite fumar fuera de los recintos. También está permitido en la puerta.
* Psiquiátricos y prisiones. Habrá espacios habilitados para fumadores.
* Bingos y casinos. Se impide fumar en espacios de juego.
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