Cuando un activo es considerado “mantenido para la venta”, entraña muchas veces cierta confusión, en el sentido en que insta a pensar en el final de la utilidad del activo para su poseedor o la enajenación final de la empresa, no siendo siempre así.
Pongamos que al final de año, nos encontramos con activos que reúnen las características necesarias para considerarlos “deteriorados”, ya sea totalmente o en parte.
El día 1-1-2020, la empresa decide desprenderse de sus antiguos ordenadores, que figuran en balance por 50.000 €, con una amortización acumulada de 30.000 €. Para ello, se estima que su valor razonable va a ser de 10.000 €.
Para calcular el deterioro, procedemos a evaluar:
Como ya contamos anteriormente sobre que se debe comprender por deterioro, vamos a ver ahora la perspectiva de la norma internacional (NIC Num. 36), aplicable a las pérdidas por deterioro del valor de activos, con las siguientes excepciones:
Las pérdidas por deterioro, según el NPGC, son correcciones valorativas que reflejen la pérdida de valor de un elemento con respecto a su valor de mercado.
Podemos distinguir entre los siguientos tipos, según el activo del que procedan estas diferencias de valoración:
Pérdida por deterioro de elementos del activo fijo o no corriente.



